Sentencia de 23 de noviembre de 2009, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Rec. nº 468/2008). Revisión de precios y contratos públicos. Rebate por erróneas y declara nulas las resoluciones del Tribunal Económico Administrativo Central sobre la materia, así como la nulidad de las resoluciones del Órgano de Contratación al liquidar la tasa incluyendo en su base imponible el importe de la revisión de precios, ordenando - "se practiquen unas nuevas liquidaciones tributarias como "Tasa de Dirección e Inspección de Obra", tomando como base imponible el importe líquido de las obras ejecutadas en el mes objeto de certificación, incluidas las adquisiciones y suministros previstos en el correspondiente Proyecto, sin incluir cantidad adicional alguna como revisión de precios".