(Fuente: El Blog de esPublico) (07/11/2016) .- Como todos sabemos la Disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ha derogado el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora.
El procedimiento sancionador ha quedado regulado en el Título IV de la Ley 39/2015, en concreto en el Capitulo II.- Iniciación del procedimiento, Capitulo III.- Ordenación del procedimiento, Capítulo IV.-...[...]