(Fuente: El Correo) (15/11/2016) .- El Tribunal de Luxemburgo sentencia que vetar la entrada a mayores de esa edad no es «discriminatorio» cuando la capacidad física es requisito profesional «esencial». Respaldo de la UE al límite de 35 años aplicado por el Gobierno vasco en el acceso a la Ertzaintza. El Tribunal de Justicia de Luxemburgo considera que las restricciones por cuestiones de edad no tienen «carácter discriminatorio» cuando la «posesión de características físicas específicas» constituye un «requisito profesional esencial y determinante» como, a su juicio, ocurre en un cuerpo policial. [...]