Prensa

13-12-2023

El TSJCV establece que no puede haber una desproporción injustificada del mérito de la experiencia previa en una administración para acceder a un proceso de estabilización de empleo temporal
(Fuente: CGPJ) (11/12/2023) .- La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) de la Comunidad Valenciana ha dictado una sentencia en la que establece que no puede existir una desproporción injustificada en la valoración del mérito de haber tenido una experiencia previa en una determinada administración a la hora de concurrir a un proceso de estabilización de empleo temporal en esa misma administración.

La Sala entiende que ello vulnera el derecho a la igualdad recogido en la Constitución Española y el derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos. El tribunal ha anulado así, con la estimación parcial de un recurso frente a una sentencia anterior de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Elche, dos apartados de sendas bases, unas generales y otras específicas, que regulaban el concurso de méritos para acceder a dos plazas de técnico de Administración General del Ayuntamiento de Santa Pola.

“El tribunal no cuestiona que se pueda dar una mayor valoración a la experiencia en el propio Ayuntamiento; lo que no es compatible con la letra y el espíritu de la norma que da cobertura a las bases es la desproporción e la valoración sin motivación”, señalan los magistrados. [...]
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