SENTENCIA de 23 de septiembre de 2009, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. (Rec nº 2546/2008). Desestimación de los óbices formales alegados por la Administración General del Estado y la Junta de Castilla y León, estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo, interpuesto contra la Orden de 6 de agosto de 2008 del Consejero de Educación por la que deniega la solicitud de objeción de conciencia para cursar las asignaturas de Educación para la Ciudadanía y declara la nulidad radical del acto impugnado, por vulneración de los arts. 16 y 27.3 de la Constitución Española de 1978, quedando sin efecto jurídico alguno. Reconocer el derecho de la parte actora a ser exonerada de cursar las asignaturas conocidas comúnmente como Educación para la Ciudadanía, sin que esta dispensa pueda tener consecuencia negativa alguna a la hora de promocionar de curso y/o obtener los títulos académicos correspondientes. Desestima las demás pretensiones deducidas por la parte actora.