Sentencia de 26 de julio de 2013, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (P.O. 2921/2008). El acto recurrido se ha dictado en un procedimiento recaudatorio de compensación, donde la Diputación de León, como deudora, no actúa como órgano de poder. No resulta de aplicación el art. 44.1 de la Ley Jurisdiccional, a los efectos de no tener que agotar la vía administrativa, y además en este supuesto lo procedente no era la interposición de un recurso ordinario sino la reclamación económico-administrativa. Se hace aplicación del criterio establecido en la Sentencia del Tribunal Supremo de 7 de abril de 2011 (recurso de casación 1892/2006)