Sentencia de 3 de marzo de 2026, de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Rec. nº 227/2025) Confirma tres sentencias de instancia que habían reconocido a otros tantos médicos del Servicio Canario de Salud el derecho al disfrute del séptimo día de permiso por asuntos propios. Las resoluciones confirman que la denegación de ese día adicional de permiso, acordada mediante una instrucción interna del Servicio Canario de Salud, no se ajustaba a derecho.