Sentencia de 22 de noviembre de 2011, de la Sala Tercera de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (Rec. nº 722/2008). Declara la ilegalidad del sistema de inmersión lingüística obligatoria exclusivamente en catalán que se aplica en los colegios públicos y concertados de Baleares. Restablece el derecho de los padres a elegir la lengua vehicular -entre el castellano y catalán- durante la educación Infantil y el primer ciclo de Primaria de sus hijos; y dictamina que el español debe ser lengua de uso normal -junto al catalán- de todas las actividades escolares