Sentencia de 15 de julio de 2015, de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del TSJ Aragón (Rec. nº 229/2014). Desestima el recurso de un médico que deseaba continuar ejerciendo tras la jubilación. La Sala concluye en su sentencia que la regla general es la jubilación a los 65 años y la excepción, la prolongación en el servicio hasta los 70 años. Dicha prolongación en el servicio se produce por razones de interés general y en función de las necesidades de la organización articuladas en un plan de ordenación de recursos humanos siendo necesaria la autorización por el servicio de salud correspondiente