Sentencia de 5 de octubre de 2012, de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Rec. nº 5571/2011). La cuestión de esta casación se concreta en determinar los efectos que tiene sobre la sanción impuesta por la Agencia Andaluza del Agua, la expresada STC 30/2011, de 16 de marzo, que declaró la inconstitucionalidad del artículo 51 de Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía. Recordemos que el citado precepto habilitaba a la Comunidad Autónoma recurrente para la imposición de la sanción que se recurría en materia de aguas. Y que tras la indicada sentencia constitucional la competencia corresponde al Estado, ex artículo 149.1.22 de la CE, al tratarse de aguas (relativas a la cuenca hidrográfica del rio Guadalquivir) que discurren por más de una Comunidad Autónoma. No ha lugar al recurso de casación interpuesto por la Junta de Andalucía