Sentencia de 31 de octubre de 2018 del Pleno del Tribunal Constitucional. Cuestión de inconstitucionalidad núm. 6412-2015. El Impuesto sobre Instalaciones que incidan en el Medio Ambiente de Extremadura es compatible, a los efectos del artículo 6.3 de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA), con el Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Son varias las diferencias entre ambos impuestos, entre otras, los hechos imponibles y la finalidad extrafiscal de protección del medio ambiente a la que tiende el impuesto autonómico. Por tanto, la regulación autonómica en materia de tributos propios no vulnera el precepto citado de la LOFCA, tras su nueva redacción introducida por la Ley Orgánica 3/2009, de 18 de diciembre.
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