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Jurisprudencia
    Jurisprudencia    16 d Enero d 2015

    SENTENCIA TRIBUNAL CONSTITUCIONAL: CATÁLOGO PRIORIZADO DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS EN GALICIA NO VULNERA ART. 149.1.16 DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA. NO CONTRAVIENE EL PROCEDIMIENTO DE PRESCRIPCIÓN Y DISPENSACIÓN DE ESTOS PRODUCTOS
    Sentencia de 18 de diciembre de 2014, del Pleno del Tribunal Constitucional. Recurso de inconstitucionalidad nº 822-2011. Arts. 1 a 4 y las disposiciones adicionales primera y segunda de la Ley 12/2010, de 22 de diciembre, de la Comunidad Autónoma de Galicia, sobre racionalización del gasto en la prestación farmacéutica. El Tribunal señala que las reformas que han tenido lugar en los últimos años en materia de prescripción y dispensación de productos farmacéuticos han acercado el sistema estatal al sistema previsto en la ley gallega impugnada por el presidente del Gobierno central, de tal manera que en la actualidad ni el sistema gallego ni el nacional garantizan que todos los medicamentos que están incluidos en el Nomenclátor oficial van a ser financiados por el Sistema Nacional de Salud sino solo los de menor precio dentro del principio activo correspondiente.
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