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Jurisprudencia
    Jurisprudencia    5 d Junio d 2025

    Sentencia TJUE: Un nacional de un país tercero que entre ilegalmente en la Unión Europea no puede ser sancionado por ayuda a la entrada irregular por el mero hecho de ir acompañado de su hijo menor de edad
    Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 3 de junio de 2025 (Ssunto C‑460/23 [Kinsa], (i)). Procedimiento prejudicial. Espacio de libertad, seguridad y justicia. Controles en las fronteras, asilo e inmigración. Directiva 2002/90/CE. Tipificación general de la ayuda a la entrada, a la circulación y a la estancia irregulares. Artículo 1, apartado 1, letra a). Interpretación conforme con la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Artículo 7. Respeto de la vida privada y familiar. Artículo 24. Derechos del niño. Artículo 52, apartado 1. Vulneración del contenido esencial de los derechos fundamentales. Artículo 18. Derecho de asilo. Persona que introduce ilegalmente en el territorio de un Estado miembro a menores nacionales de terceros países que la acompañan y sobre los que ejerce la custodia efectiva

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