Sentencia TJUE: El descanso semanal de los trabajadores no tiene que concederse necesariamente el día siguiente a seis días de trabajo consecutivos
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Jurisprudencia 10 d Noviembre d 2017
Sentencia TJUE: El descanso semanal de los trabajadores no tiene que concederse necesariamente el día siguiente a seis días de trabajo consecutivos
Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 9 de noviembre de 2017 (Asunto C‑306/16). Procedimiento prejudicial. Protección de la seguridad y de la salud de los trabajadores. Directiva 2003/88/CE. Artículo 5. Descanso semanal. Normativa nacional que establece un día de descanso como mínimo por cada período de siete días. Períodos de más de seis días de trabajo consecutivos