Sentencia de 24 de enero de 2017, de la Salade lo Social de la Audiencia Nacional (Rec. nº 124/2014). Descarta la inconstitucionalidad de la ley que liquidó la empresa. Sala descarta que la Ley 4/2013 sea una Ley reactiva contra la nulidad del despido, sino una opción legítima del legislador, tras fracasar en sus intentos de mantener el servicio y de cuya sinceridad no caben dudas “puesto que ha supuesto pérdidas milmillonarias para el erario público y unos costes sociales, políticos, culturales e identitarios extremadamente graves, que asumió con todas sus consecuencias, puesto que la supresión del servicio público supone reconocer objetivamente que no se supo gestionar debidamente por sus responsables”. El tribunal entiende que un servicio público que se crea por ley, debe suprimirse también por ley. Por todas estas razones la Sala considera que no hay razón para promover una cuestión de constitucionalidad, como habían propuesto los demandantes.