Sentencia de 5 de octubre de 2010, de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (Rec. nº 692/2010). Jubilación anticipada parcial.- Obligaciones empresariales: contrato a tiempo parcial del pretendido jubilado anticipado parcial y simultáneo contrato de relevo del relevista. Obligatoriedad: inexistencia: no se establece dicha obligación empresarial ni en las normativa general (ET y LGSS) ni en la especifica del personal laboral al servicio de la Administración Pública (EBEP, I y II CUAGE). Reitera doctrina SSTS/IV 22-junio-2010 (rcud 3046/2009), 6-julio-2010 (rcud 3888/2009) y 7-julio-2010 (rcud 3871/2009).