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Jurisprudencia
    Jurisprudencia    14 d Enero d 2010

    INTERPRETACIÓN DE LA CIRCUNSTANCIA ATENUANTE DE REPARACIÓN DEL DAÑO. VIOLENCIA DE GÉNERO
    Sentencia de 28 de diciembre de 2009, de la Sección Primera de la Auriencia Provincial de Alicante (Rec. nº 30/2009). Condena a un hombre por violencia de género sin observar como atenuante haber indemnizado económicamente a la víctima, antes de la celebración del juicio oral. Interpretación de la circunstancia atenuante de reparación del daño (art. 21.5 CP) en violencia de género
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