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    Jurisprudencia    2 d Junio d 2010

    II CONVENIO COLECTIVO ÚNICO PERSONAL LABORAL ADMINISTRACIÓN GENERAL ESTADO: INTERPRETACIÓN DISPOSICIÓN ADICIONAL 2ª COMPLEMENTO SINGULAR DE PUESTO
    Sentencia de 22 de abril de 2010, de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo. (Rec. nº 3568/2009). II Convenio colectivo único personal laboral Administración General Estado: interpretación Disposición adicional 2ª -complemento singular de puesto a los puestos ocupados del anterior grupo profesional III en la modalidad A2-. La norma es aplicable exclusivamente a quienes en el I CUAGE estaban encuadrados en su ahora extinto Grupo III desempeñando los puestos correspondientes a tal Grupo, pero sin crear derechos a favor de quienes perteneciendo a otros Grupos del anterior Convenio pudieran haber desempeñado en determinados periodos funciones correspondientes a categoría superior a la que les correspondía en aquel momento.- La posible desigualdad retributiva cabe calificarla como objetiva y razonable. (Reitera doctrina STS 19 de mayo de 2009 -rcud. 2788/2008- y 10 de diciembre de 2009 -rcud. 1780/2009-).
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