Sentencia de 11 de noviembre de 2011, de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (Rec nº 771/2001). Anulación de dos artículos, referidos a la ordenación de farmacias en función de los módulos de población y de las distancias mínimas entre boticas, del Decreto 72/2001, de 19 de julio, por el que se regulaba las Oficinas de Farmacia y Botiquines del Principado de Asturias. En su razonamiento, aplican la doctrina contenida en una sentencia dictada el pasado 1 de junio por la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), que señalaba que los requisitos de densidad demográfica y de distancia mínima entre farmacias establecidos por el decreto del Principado podían estar justificados, pero dejaba al arbitrio del Tribunal Superior de Justicia de Asturias verificar si esas normas impiden «la creación de un número suficiente de farmacias capaces de garantizar una atención farmacéutica adecuada en las zonas geográficas con características demográficas particulares».