SENTENCIA de 23 de septiembre de 2009, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. (Rec nº 2348/2008). Desestimación de los óbices formales alegados por la Administración General del Estado y la Junta de Castilla y León, estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo, interpuesto contra las Órdenes de 4 de agosto de 2008 del Consejero de Educación por las que se inadmite por falta de objeto la solicitud presentada sobre la objeción de conciencia para cursar las asignaturas de Educación para la Ciudadanía y declara la nulidad radical del acto impugnado, por vulneración de los arts. 16 y 27.3 de la Constitución Española de 1978, quedando sin efecto jurídico alguno. Reconocer el derecho de la parte actora a que sus hijos sean exonerados de cursar las asignaturas conocidas comúnmente como Educación para la Ciudadanía, sin que esta dispensa pueda tener consecuencia negativa alguna a la hora de promocionar de curso y/o obtener los títulos académicos correspondientes. Desestima las demás pretensiones deducidas por la parte actora.