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Jurisprudencia
    Jurisprudencia    10 d Abril d 2025

    Conclusiones TJUE: Un órgano jurisdiccional nacional debe inaplicar o considerar jurídicamente inexistente la sentencia de un órgano jurisdiccional de rango superior que no cumpla la exigencia de ser un tribunal establecido previamente por la ley
    Conclusiones del Abogado General Sr. Dean Spielmann, presentadas el 10 de abril de 2025 (Asunto C‑225/22). R.S.A. contra AW T sp. z o.o. [Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Apelacyjny w Krakowie (Tribunal de Apelación de Cracovia, Polonia)]. Procedimiento prejudicial. Estado de Derecho. Tutela judicial efectiva en los ámbitos cubiertos por el Derecho de la Unión. Artículo 19 TUE, apartado 1, párrafo segundo. Tribunal establecido previamente por la ley. Sentencia del tribunal supremo por la que anula una sentencia de un tribunal de apelación y le devuelve el asunto para que vuelva a examinarlo. Posibilidad de invocar la constitución irregular de un órgano jurisdiccional de rango superior. Efectos de los actos de órganos jurisdiccionales constituidos de manera irregular. Seguridad jurídica. Fuerza de cosa juzgada

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