Auto de 21 de marzo de 2014, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo (Seción 7ª), dictado en la Tasación de Costas del Recurso de Casación núm. 673/2012 (P.O. 2.812/08). La Sala desestima el recurso de revisión interpuesto contra el Decreto del Secretario de la Sección, confirmando la tasación de costas, y en el que se solicitaba la reducción de los Derechos del Procurador, habida cuenta de la limitación establecida en sentencia respecto de los honorarios del Letrado. Así, mientras que dichos honorarios de habían reducido a la suma de 4.000 euros, los Derechos del Procurador interviniente se tasaron en la de 11.281,11 euros. La Sala desestima el recurso interpuesto pues, si bien es posible limitar, al amparo del art. 139.3 de la Ley de la Jurisdicción, los derechos del Procurador, tal limitación ha de establecerse en la sentencia o en el auto que resuelvan sobre las costas, pero no en el incidente de tasación de costas. Y cita previos Autos del Pleno de la Sala, de fecha 12 de noviembre y 11 de julio de 2013 ( recursos de casación 3337/2007 y 2742/2010, respectivamente)